According to Comisión Nacional de Derechos Humanos: “Los días 17 y 18 de septiembre de 2008 esta Comisión Nacional recibió los escritos de queja presentados por las señoras Paula del Razo Morales y Nidia Godina Quezada, en los que manifestaron que aproximadamente a las 18:30 horas del día 14 de septiembre de 2008, Gerardo Maximiliano Coronel del Razo, Reynol Roberto Palomo Velo y Esgar Godina Quezada fueron detenidos por elementos del Ejército Mexicano en Ciudad Juárez, Chihuahua, cuando compraban unas paletas y no tuvieron conocimiento de su paradero, no obstante que habían acudido a la Procuraduría General de la República y a la Guarnición Militar de dicha localidad” ; “Del análisis lógico jurídico realizado al conjunto de evidencias que lo integran se arribó a la conclusión de que en el caso hubo violaciones a los derechos a la legalidad y la seguridad jurídica, así como a la integridad y la seguridad personal, consistentes en retención ilegal y tortura en agravio de Gerardo Maximiliano Coronel del Razo y retención ilegal y tratos crueles en agravio Reynol Roberto Palomo Velo y Esgar Godina Quezada, atribuibles a servidores públicos del 96/o. Batallón de Infantería de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).” [+]
| الاسم | أسماء أخرى | التصنيف |
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| 96 Batallón de Infantería [+] |
96/o. BTN. INF.
96/o. Batallón de Infantería |
Army
[+]
Military [+] |
| تاريخ النشر | الناشر | عنوان النشر | تاريخ الوصول للمصدر | رابط الأرشيف |
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| 25 أغسطس 2009 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos | Recomendación No. 53/2009. Sobre el caso de los señores Gerardo Maximiliano Coronel del Razo, Reynol Roberto Palomo Velo y Esgar Godina Quezada | 12 يوليو 2019 |