According to the Comisión Nacional de los Derechos Humanos: "El 19 de octubre de 2007, se recibió por razón de competencia, el escrito de queja presentado por el señor Antonio Paniagua Esquivel ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán, en el que hace valer presuntas violaciones a derechos humanos, consistentes en atentados a la propiedad (allanamiento de morada, daños y robo), tortura, trato cruel y/o degradante, detención arbitraria, violación al derecho a la integridad y seguridad personal, y a la legalidad y seguridad jurídica suscitadas con motivo de los hechos ocurridos el día 7 de octubre de 2007, aproximadamente a las 05:00 horas, en el municipio de Tanhuato, en el estado de Michoacán. En dicho escrito, el quejoso señaló que, en ese lugar, elementos del 37/o. Batallón de Infantería del Ejército Mexicano adscritos a la Base de Operaciones Mixtas de Zamora, Michoacán, se introdujeron a su domicilio sin orden judicial, causaron daños a su inmueble, sustrajeron objetos de valor, lo detuvieron arbitrariamente y le causaron lesiones, mediante procedimientos de tortura, entre éstos, le colocaron una toalla en la cara, le echaron agua, sintiendo que se ahogaba y que hubo un momento en que le colocaron en sus genitales un tubo sintiendo toques eléctricos, para posteriormente ponerlo a disposición del agente del Ministerio Público de la Federación, donde se inició la averiguación previa AP/PGR/MICH/LP/214/2007, bajo el argumento de poseer armas." [+]
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11 July 2008 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos | Recomendación No. 33/2008 Sobre el caso del señor Antonio Paniagua Esquivel, en el municipio de Tanhuato, en el estado de Michoacán | 03 January 2020 |