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Incident between 21 August 2007 and 22 August 2007 [+] Print this page

Location: Cuartel Militar de Uruapan, Uruapan, Michoacán [+]

Country: Mexico [+]

Violation types: violación a los derechos humanos a la legalidad y seguridad jurídica, a la integridad física y psicológica, la legalidad y la seguridad jurídica [+]

Location


This incident took place in Cuartel Militar de Uruapan, Uruapan, Michoacán, Mexico [+]

Description


According to Comisión Nacional de Derechos Humanos: “El 30 de agosto de 2007, esta Comisión Nacional recibió, en razón de competencia, la queja que presentaron el 28 de ese mismo mes y año ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán los señores Jesús Picazo Gómez y Santos Picazo Carranza, en la que hacen valer presuntas violaciones a derechos humanos consistentes en detención arbitraria, tortura, violación a los derechos de legalidad y seguridad jurídica e incomunicación, al expresar lo siguiente: Que aproximadamente a las 22:00 horas, del 21 de agosto de 2007, el señor Jesús Picazo Gómez se encontraba fuera de la casa de su tía de nombre Alicia Gómez, ubicada en Uruapan, Michoacán, cuando cinco elementos del Ejército Mexicano, al mando de un teniente, le preguntaron su nombre y domicilio, además le solicitaron su credencial de elector y, al percatarse que es habitante de la localidad de Chauz, municipio de la Huacana, Michoacán, lo detuvieron, le quitaron una pulsera tipo esclava, un reloj, tres anillos, una cadena, una medalla y la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.), después lo tiraron al suelo, pateándolo en todo el cuerpo, vendándole los ojos y, posteriormente, lo trasladaron a la Zona Militar de Uruapan, Michoacán, donde lo desnudaron y le colocaron una bolsa de tela en la cabeza, lo arrojaron al suelo y le sujetaron las manos y los pies, aventándole agua en la cara, mientras lo golpeaban en el abdomen, y permaneció toda la noche desnudo en un pequeño cuarto. Que, aproximadamente, a las 08:00 horas, del 22 de agosto de 2007, al señor Jesús Picazo Gómez lo llevaron a un cuartel militar hasta la ciudad de México y, en ese lugar, fue examinado por un médico, pero después algunos elementos militares continuaron golpeándolo e impactándolo contra la pared, mientras le mostraban unas fotografías y le preguntaban por algunas personas, sin embargo, al contestar que no las conocía comenzaron a meterle la cabeza en un tambo lleno de agua, al mismo tiempo que le daban toques eléctricos en el estómago, y tiempo después lo trasladaron a la agencia del Ministerio Público de la Federación en Morelia, Michoacán, con el argumento de que presuntamente portaba dos armas de fuego, tres kilos de marihuana, 30 gramos de perinol y varios cartuchos. Finalmente, en la citada queja se mencionó que aproximadamente a las 03:00 horas del 25 de agosto de 2007, diversos elementos del Ejército Mexicano se presentaron en el domicilio del señor Santos Picazo Carranza, ubicado en el Rancho el Chauz, municipio de la Huacana, Michoacán, y presuntamente seis de ellos ingresaron en forma violenta a su vivienda, revisando toda su casa, además aventaron al suelo a su menor hija de nombre DOPG, no obstante que se encuentra embarazada, y a su esposa de nombre María Delia Gómez Parra le apuntaron con sus armas por defender a su descendiente, además, al día siguiente dichos militares fotografiaron y videograbaron su casa, automóviles y familia. Del análisis lógico-jurídico realizado al conjunto de evidencias que integran el expediente de queja 2007/3652/2/Q, esta Comisión Nacional precisa que de la investigación efectuada no se acreditaron los hechos narrados por el señor Santos Picazo Carranza sobre el presunto allanamiento de morada ni amenazas de que fue objeto, el 25 de agosto de 2007, sin embargo, esta Comisión Nacional acreditó violaciones a los Derechos Humanos consistentes en detención arbitraria, tortura, violación a los derechos de legalidad y seguridad jurídica e incomunicación, en agravio del señor Jesús Picazo Gómez. De las evidencias recabadas se destaca la violación relativa a la detención arbitraria, ocurrida a las 21:00 horas del 21 de agosto de 2007, del señor Jesús Picazo Gómez, quien se encontraba frente al domicilio ubicado en la calle Pinos en Uruapan, Michoacán, así como su indebido traslado a las instalaciones militares de Uruapan y Morelia, Michoacán, donde se le sometió a interrogatorio y permaneció retenido en dichas instalaciones hasta las 23:00 horas del 22 del mes y año citados, hora en que se le puso finalmente a disposición de la representación social de la Federación, y con ello se violentó el marco legal establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que sin motivo ni fundamento legal alguno se le privó de su libertad personal, y obligándolo a permanecer en el Cuartel Militar de Uruapan, Michoacán, y en las instalaciones de la 21/a. Zona Militar, en Morelia, Michoacán, por espacio de más de 24 horas, sin que se le pusiera con la prontitud debida a disposición de alguna autoridad competente y se estableciera la causa de la detención [...]" [+]

Perpetrator units

Name Other Names Classification
37 Batallón de Infantería [+] 37/o. BTN.INF.
37/o. Batallón de Infantería
Trigésimo Séptimo Batallón de Infantería
Army [+]
Military [+]

Sources

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Publication Date Publisher Publication Title Access Date Archive Link
11 July 2008 Comisión Nacional de los Derechos Humanos Recomendación No. 32/2008 Sobre el caso del señor Jesús Picazo Gómez 21 May 2020