According to Comisión Nacional de Derechos Humanos: “El 22 de septiembre de 2008, esta Comisión Nacional recibió la queja presentada por Q1, en la cual manifestó que el 23 de agosto de 2008, aproximadamente 30 o 40 elementos del Ejército Mexicano encapuchados y con armas largas, de forma intempestiva y sin orden de cateo o aprehensión, se introdujeron a su domicilio en el que se encontraba en compañía de su esposo, A1, a quien arrodillaron y le apuntaron a la cabeza, mientras revisaban toda su casa haciendo destrozos y llevándose el contenido de una caja fuerte $7,000.00 en efectivo, producto de las ventas de sus negocios Tacos Tina y una licorería, así como joyas con un valor de 8,000 dólares, celulares, adornos y 1,000 dólares que se encontraban en la caja registradora de uno de los negocios. Agregó que posteriormente esposaron a su cónyuge y lo subieron a uno de los vehículos de los militares, llevándose también un vehículo marca Dodge Durango 1995, propiedad de su hermano A2, a quien de igual forma lo visitaron en su domicilio, donde realizaron destrozos y sustrajeron dinero, así como una camioneta pick-up Chevrolet color blanco, subiendo a su familiar en el mismo “convoy” donde iba su esposo. Indicó que al igual que ella todos sus familiares fueron amenazados para que no siguieran los vehículos tipo Hummer y camiones en donde se trasladaban esos servidores públicos. Señaló que al día siguiente sus abogados interpusieron un amparo por incomunicación, maltratos y privación ilegal de la libertad, en contra del Ejército Mexicano y otras autoridades, ante el Juzgado Cuarto de Distrito, iniciándose el expediente 532/08, por lo que el Juez ordenó la notificación y búsqueda de los señores A1 y A2, negando en el cuartel del regimiento militar que estuvieran detenidos, pero el 25 de agosto de 2008 ambos fueron consignados a la Procuraduría General de la República, donde sólo a ella y a su cuñada les permitieron hablar unos minutos con sus familiares. Refirió que el Agente del Ministerio Público adscrito a la Agencia Cuarta Investigadora impidió que sus abogados realizaran su trabajo, diciendo que podrían hablar con ellos a las 19:00 horas, hora en la que les tomarían su declaración; sin embargo, a las 02:00 horas del 26 de agosto del 2008 los trasladaron a bordo de una avioneta a las instalaciones de la SIEDO en la ciudad de México.” ; “De igual manera, las diligencias realizadas por esta Comisión Nacional permiten observar que los agraviados, una vez detenidos, fueron sometidos a sufrimientos graves por parte de los servidores públicos del 96/o. Batallón de Infantería de la SEDENA destacamentados en Ciudad Juárez, Chihuahua”. [+]
Name | Other Names | Classification |
---|---|---|
96 Batallón de Infantería [+] |
96/o. BTN. INF.
96/o. Batallón de Infantería |
Army
[+]
Military [+] |
Publication Date | Publisher | Publication Title | Access Date | Archive Link |
---|---|---|---|---|
30 September 2009 | Comisión Nacional de los Derechos Humanos | Recomendación No. 61/2009 sobre el caso de A1 y A2 | 14 September 2018 |